Cierre:
30 de junio
Fallo: 17 de octubre
Contribuir eficazmente al adelanto intelectual del país.
Bases
DISPOSICIONES GENERALES
1. El
Instituto Nacional de Cultura (INAC) declara abierto el Concurso Nacional de
Literatura Ricardo Miró 2016, a partir de la publicación de estas bases.
2. Todos
los trabajos se entregarán en el Departamento de Letras del Instituto Nacional
de Cultura (INAC) ubicado en Las
Bóvedas, Plaza de Francia, corregimiento de San Felipe, Casco Antiguo de la
ciudad de Panamá, hasta el 30 de junio de 2016, en horario oficial de oficina.
Teléfono: 501-4014, correo electrónico: adegracia@inac.gob.pa
3. El
Instituto Nacional de Cultura (INAC), a través del Departamento de Letras,
velará por el cumplimiento de las bases del Concurso Nacional de Literatura
Ricardo Miró.
4. El
Concurso Nacional de Literatura Ricardo Miró consta de cinco (5) secciones:
poesía, cuento, novela, ensayo y teatro.
5. Podrán
participar en el Concurso Nacional de Literatura Ricardo Miró los panameños por
nacimiento, residentes o no en el país y los panameños por naturalización con
más de cinco (5) años de residencia comprobada en el país.
6. Los
autores que hayan ganado el Concurso Nacional de Literatura Ricardo Miró no
podrán participar nuevamente en el género en el que ganaron hasta que hayan
transcurrido dos (2) años.
7. Cada
trabajo presentado a concurso debe ser inédito (impreso y digital). La obra
debe estar escrita en idioma español, tener un solo autor y corresponder a un
solo género literario. Este criterio será aplicable a la obra en su totalidad.
8. Los
trabajos serán presentados bajo seudónimo. En un sobre tamaño carta incluirá
una reseña biográfica actualizada, dirección completa, números de teléfonos,
copia de la cédula de identidad personal y un documento firmado por el
concursante en el que certifique que conoce y acepta en su totalidad las bases
del concurso y que su obra no se encuentra participando en ningún otro certamen
nacional ni internacional. La ausencia de esta certificación descalificará la
obra. Igualmente, debe aparecer el nombre o seudónimo bajo el cual quiere que
se publique su obra.
9. Los participantes entregarán tres (3) ejemplares idénticos,
enargolados, a doble espacio, en letra Times New Roman 12, papel bond blanco 8
1/2 X 11, escritos a una cara, con márgenes de una pulgada y páginas
enumeradas, al igual que una copia en disco compacto.
10. En todos los documentos presentados al concurso, escribirá lo
siguiente:
INSTITUTO
NACIONAL DE CULTURA (INAC)
CONCURSO
NACIONAL DE LITERATURA
RICARDO
MIRÓ 2016
SECCIÓN
TÍTULO DE
LA OBRA
SEUDÓNIMO
11.
Ningún
funcionario del Instituto Nacional de Cultura (INAC) que esté prestando
servicios a la institución, mediante cualquier tipo de nombramiento o contrato
podrá participar en este certamen. Tampoco podrán hacerlo sus familiares hasta
el 4to. grado de consanguinidad y 2do. grado de afinidad, ni los cónyuges, ni
parejas en unión libre.
12.
Los
concursantes deberán mantener secreta su participación hasta el día de la
divulgación del fallo. No se permitirá a los concursantes conocer la identidad
del jurado.
SECCIÓN
CUENTO
13.
La
obra debe tener de 22 a 24 líneas por página, exceptuando la última página del
cuento. Se eximen de esta norma los minicuentos. Las obras tendrán un conjunto
de seis (6) o más cuentos. El tema y el estilo son libres, con una extensión
mínima de cien (100) páginas.
SECCIÓN
NOVELA
14.
En
esta sección la obra debe tener de 22 a 24 líneas por página, exceptuando la
última página de cada capítulo de la obra. El tema y el estilo son libres, con
una extensión mínima de ciento cincuenta (150) páginas y un máximo de
cuatrocientas (400) páginas.
SECCIÓN
ENSAYO
15.
En
esta sección la obra debe tener de 22 a 24 líneas por página. Para este año
se contempla el ensayo filosófico. Serán
descalificados los trabajos que presenten una estructura de tesis o monografía.
• La
obra constará de uno o varios ensayos afines entre sí por su unidad temática,
con una extensión mínima de ciento veinte (120) páginas y trescientas (300)
páginas como máximo.
• El
ensayo debe demostrar integración académica y la efectiva comunicación de
ideas.
POESÍA
16.
El poemario puede estar constituido por una o varias poesías, de tema y
estilo libres, con una extensión mínima de seiscientos (600) versos, escritos a
doble espacio. Los poemas pueden o no llevar títulos individuales. Se debe
incluir índice cuando se trate de más de un poema.
SECCIÓN
TEATRO
17.
En
esta sección la obra debe estar formada por uno o varios actos de tema y estilo
libres con una extensión mínima de cincuenta (50) páginas.
• Las
obras participantes no pueden haber sido escenificadas previamente ni hechas
públicas por ningún medio.
• La obra
debe presentar un concepto artístico con alto potencial escenificable y clara
acción dramática.
• El
Instituto Nacional de Cultura (INAC) se compromete a brindar un aporte
económico de CINCO MIL DÓLARES ($.5,000.00) al igual que proporcionar la
locación para la representación escénica de la obra premiada.
NOTARIO
PÚBLICO
18.
El
Instituto Nacional de Cultura (INAC) garantizará la presencia de un Notario
Público que certifique mediante acta el momento de cierre del concurso y
custodie las plicas que contienen la identidad de los participantes hasta el
día del fallo. Este deberá estar presente cuando se den a conocer los
ganadores. El notario levantará el acta respectiva con los datos que revelen
las plicas.
JURADO
CALIFICADOR Y FALLOS
19.
El
Instituto Nacional de Cultura (INAC) garantizará para cada sección del concurso
un jurado calificador idóneo, constituido por tres (3) intelectuales de
reconocidos méritos, dos (2) de los cuales deben ser extranjeros. El jurado
panameño podrá serlo por nacimiento o naturalización.
20.
Los
jurados tienen la obligación de mantener secreta su identidad hasta el momento
de la deliberación. Si algún jurado se entera de la identidad de los
concursantes o si conoce que su identidad ha sido divulgada, debe renunciar a
su condición de jurado.
21. El
jurado calificador al emitir su fallo deberá tener presente que la obra
premiada contribuya eficazmente al acervo intelectual del país. La obra debe
contar con los méritos necesarios para ser premiada.
22. El fallo se dictará el lunes 17 de
octubre. El mismo debe será razonado,
tendrá carácter definitivo e inapelable. Podrá ser unánime o por mayoría, en
ambos casos será sustentado.
23. Los jurados de
cada género leerán sus fallos en presencia de las autoridades competentes del
Instituto Nacional de Cultura (INAC) y del Notario, quien certificará las
autorías correspondientes a cada obra.
PREMIOS
24. En cada sección
habrá un PREMIO ÚNICO DE QUINCE MIL DÓLARES ($15.000.00), medalla de oro,
pergamino y cien (100) ejemplares de la obra por cada género. La ceremonia de
premiación se realizará el viernes 21 de octubre.
25. Con relación a
los derechos de autor, queda establecido que, mediante el acto de aceptación
formal del premio, los autores conceden legalmente al Instituto Nacional de
Cultura (INAC) la titularidad de los derechos de edición y comercialización de
sus obras galardonadas en el concurso hasta por el término de una primera
publicación.
26. Los premios
podrán ser declarados desiertos cuando a juicio mayoritario del jurado, las
obras participantes no reúnan la calidad literaria que demanda el género
correspondiente, en cuyo caso, el dinero destinado para el premio será
utilizado para la realización de actividades que promuevan o refuercen dicho
género.
27. En este concurso
no se concederán menciones de honor.
DISPOSICIONES FINALES
28. De producirse
alguna eventualidad no contemplada en
las bases, será resuelta por el Instituto Nacional de Cultura (INAC) a través
de sus instancias correspondientes.
29. Los ganadores se
comprometen a entregar al Departamento de Letras del Instituto Nacional de
Cultura (INAC) el texto debidamente revisado de las obras premiadas en un plazo
no mayor de treinta (30) días después de divulgado el fallo. La obra será
entregada en disco compacto o por correo electrónico.
30. Los derechos de
la primera edición de los trabajos premiados pertenecerán al Instituto Nacional
de Cultura (INAC). Los autores no podrán, bajo ninguna circunstancia, retirar
su libro para publicarlo en otra editorial sin antes haber sido editado por el
Instituto Nacional de Cultura (INAC). La primera edición de la obra será de mil
(1,000) ejemplares por cada género.
31.
El
ganador se compromete, una vez editado el libro, a participar en giras
nacionales programadas y patrocinadas por el
Instituto Nacional de Cultura (INAC), para
la difusión del mismo.
32.
El
incumplimiento de cualquiera de las disposiciones contenidas en estas bases
será motivo de descalificación.
33. Las
obras no premiadas deben ser retiradas treinta (30) días después del fallo.
Pasada esta fecha, se procederá a la
destrucción de las mismas.
FUNDAMENTO
DE DERECHO
• Ley No. 63 de 6 de junio de
1974, “Por la cual se crea el Instituto Nacional de Cultura”.
• Ley No. 27 de 4 de septiembre
de 1946, “Por la cual se crea el Premio Literario Ricardo Miró”.
• Decreto de Gabinete No. 332 de
15 de octubre de 1970, “Por el cual se adoptan medidas relativas al Concurso
Literario Ricardo Miró”.
• Ley No. 38 de 5 de agosto de 2002, “Que modifica artículos
del Decreto de Gabinete No. 332 de 1970, que adopta medidas relativas al
Concurso Literario Ricardo Miró y dicta otras disposiciones”.
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